Los nacionales de otros países que estén redactados en castellano o vayan acompañados de una traducción oficial. Se entenderá por traducción oficial la realizada por:
– Los intérpretes jurados
– Los cónsules de España en el extranjero
– Los cónsules en España del país que haya expedido el permiso
– Un organismo o entidad autorizados a tal efecto.
¿Acompaña traducción oficial con el permiso de conducir?