Infracción administrativa al RGCON Art. 1.1.5D

Conducir el vehículo reseñado con una autorización que carece de validez por no haber cumplido los requisitos administrativos exigidos reglamentariamente en España. (Detallar tipo de vehículo que se conduce y el tipo de permiso que se posee)

IMPORTANTE:
En observaciones anotar: Tras sentencia judicial firme, ha sido privado el derecho a conducir por un tiempo igual o inferior a 2 años y no ha superado con aprovechamiento el Curso de reeducación y sensibilización vial, tal como indica la Disposición Adicional 13